DERECHO DE FORMACION: JUSTO Y NECESARIO.
En épocas difíciles como las actuales, y sabiendo que el fútbol juvenil e infantil quedará muy resentido en cuanto a los recursos que las instituciones podrán asignarle cuando terminen las consecuencias de esta pandemia, es importante analizar las disposiciones vigentes -algunas de reciente publicación- sobre los derechos de formación de los futbolistas.
La formación de un jugador comienza en el momento en que una institución pone a disposición del niño o joven futbolista todos los elementos para que aprenda los fundamentos del deporte, desarrollando la parte física e incorporando los valores que deben estar presentes en la competencia. Canchas en condiciones, materiales deportivos, directores técnicos, profesores de educación física, psicólogos, utileros, médicos son elementos que los clubes ponen a disposición de los jugadores.
FIFA, en su reforma del reglamento realizada en 2001, incluyó la incorporación de dos derechos para los clubes formadores de futbolistas: la indemnización por formación y el mecanismo de solidaridad. La creación de estas figuras tuvo como objetivo compensar a los clubes formadores que perdían a sus jóvenes talentos. Antes de esta normativa ningún club formador recibía indemnización alguna por el tiempo que estuvo formando al futbolista. El monto a pagar lo determina una tabla publicada por FIFA, multiplicado por la cantidad de años que el jugador estuvo en el/los clubes formadores entre los 12 y 21 años de edad.
En nuestro país, el 18 de noviembre de 2015 el Congreso promulgó la ley 27211 de derechos formativos, la cual abarca a todos los deportes que se practican en Argentina y por supuesto al futbol. En su artículo 1 se establece como objeto de esta ley instituir y regular el Derecho de Formación Deportiva, el que se reconocerá a las Asociaciones Civiles sin fines de lucro y a las Simples Asociaciones, cuya principal actividad sea la formación, práctica, desarrollo, sostenimiento, organización y representación deportiva en todas sus disciplinas.
Tres años después, en octubre de 2018, con AFA normalizada a través de la gestión del Presidente Claudio Tapia, se sancionó el Boletín Especial Nro 5551 el cual contiene el “Reglamento de Compensación por Formación de Jugadores Jóvenes en el ámbito del Fútbol Argentino”. Los puntos fundamentales de este reglamento son:
*Serán beneficiarios de la indemnización por formación los clubes directa o indirectamente afiliados a AFA
que hubieran participado efectivamente en la educación y formación de un jugador entre la temporada en la
que cumplió los 12 y 21 años de edad.
* La indemnización por formación se pagará siempre que el primer contrato profesional se firme antes que
finalice la temporada en la que el jugador cumpla los 23 años por el entrenamiento efectuado hasta la
finalización de la temporada en la que cumpla los 21 años de edad, salvo que un jugador haya terminado su
proceso de formación antes de la finalización de la temporada en la que cumpla los 21 años.
* Es obligado al pago de la indemnización por formación el club en el que se inscribe el jugador con primer
contrato como profesional. El monto a abonar se calculará a prorrata, en función del tiempo de formación del
jugador en cada club.
El 28 de abril de 2020, a través del Boletín 5770, se
promulgó el Reglamento de Procedimiento, donde se establece que los procesos relativos al Reglamento de Compensación por la Formación de Jugadores Jóvenes en el
ámbito del Fútbol Argentino serán llevados adelante por la Gerencia del COMET, en
primera instancia, y del Órgano de Resolución de Litigios, en grado de apelación, quienes aplicarán los Estatutos y Reglamentos de la AFA, considerando los acuerdos, leyes y/o convenios
colectivos nacionales.
Observemos, por último, la importancia de las sumas que pueden percibir los clubes formadores, basados en el reciente caso de Emiliano Martínez. El arquero, que jugó en gran nivel este último tiempo en el Arsenal de Inglaterra, y que fue convocado por Lionel Scaloni para los próximos partidos de Eliminatorias, fue vendido por 21 millones y medio de euros al Aston Villa. El arquero marplatense se inició en el club General Urquiza de Mar del Plata. Antes de cumplir los 12 años pasó al club San Isidro, de la misma ciudad. Allí estuvo unos años, hasta que fue fichado por Talleres de Mar del Plata, donde jugó seis meses. En ese momento es transferido a Independiente, donde el jugador actuó en las divisiones juveniles, sin llegar a debutar en Primera. Luego fue transferido al Arsenal de Inglaterra por 500.000 euros.
¿Quiénes reciben dinero con el pase del arquero al Aston Villa?
Al club General Urquiza no le corresponde dinero ya que FIFA considera que el derecho de formación se cobra si el chico jugó en el club desde los 12 años en adelante. El club San Isidro recibirá 161.250 euros. Talleres también recibirá un monto, aunque menor ya que Martínez estuvo poco tiempo en la institución. Independiente, en tanto, percibirá una suma de 466.856 euros por el pase de Emiliano Martínez, casi el mismo dinero que cuando lo vendió hace 11 años.
El correcto asesoramiento jurídico es fundamental para realizar oportunamente los reclamos sobre los derechos de formación. Varias instituciones han podido sanear deudas y realizar obras gracias a esos ingresos.
Como se dijo, la post pandemia traerá consigo dificultades en mantener las estructuras del fútbol formativo de las instituciones. Ojalá esos ingresos que puedan percibirse por derechos de formación de jugadores, generados en forma genuina por quienes trabajan en el fútbol juvenil e infantil de los clubes, sean invertidos en la actividad. Será un aporte importante para poder seguir formando jugadores.
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